Fútbol

Fallo del Tribunal de Penas favorece a la reserva de Newbery

De esta forma el "rojinegro" juega la final con Racing desplazando a Boca Juniors.
De esta forma el "rojinegro" juega la final con Racing desplazando a Boca Juniors.

El Tribunal de Penas de la Liga de Fútbol de Rojas y a su vez también encargado de emitir los fallos en el torneo integrado de Rojas y Colón decidió en la noche de este jueves 28 resolver a favor del club Jorge Newbery en la protesta que este club había realizado en el partido de Reserva con Ítalo en el cual habían empatado, con ese resultado la Reserva de Boca Juniors clasificó a la final donde se enfrentaría a Racing de Colón.

Sin embargo con el fallo a su favor el que jugará la final representando a Rojas será el club Jorge Newbery ya que con el resultado del partido ganado como se lo otorgó el Tribunal de Penas quedó con 21 puntos sobre los 20 de Boca Juniors.

A continuación, el fallo emitido por el Tribunal de Penas:

CLUB ATLETICO J. NEWBERY – PROTESTA DE PARTIDO ÍTALO VS J. NEWBERY – CATEGORIA RESERVA DISPUTADO EL 10-11-2019:

VISTO:

La presentación realizada por el Club Atlético J. Newbery de la Liga Deportiva de Fútbol de Rojas, con fecha 14 de Noviembre de 2019, en la cual solicitó impugnar la validez del encuentro de la Categoría Reserva Ítalo de la Liga Deportiva de Colón vs J. Newbery de la Liga Deportiva de Fútbol de Rojas, disputado el día 10 de Noviembre de 2019, correspondiente a la décima cuarta fecha del Torneo de la Alianza Deportiva del Noroeste Bonaerense 2019. Por el derecho que le asiste por lo prescripto en el Artículo 13° del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Se procedió a dar curso favorable a la presentación formulada por el Club Atlético J. Newbery de la Liga Deportiva de Fútbol de Rojas, en virtud de que la Institución reclamante dio cumplimiento a las prescripciones de los Artículos 13° y 14° del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Emplazando al Club Ítalo para que por intermedio de la Liga Deportiva de Colón tome conocimiento de las actuaciones que se remitieron por cuerda separada y formulara su defensa por escrito, la que debía presentar antes de las 20.00 horas, del día miércoles 20 de Noviembre de 2019. (Art. 7° del Reglamento de Transgresiones y Penas).

Que, la solicitud del Club Atlético J. Newbery fue basada por los siguientes fundamentos:

a) El Club Ítalo de la Liga Deportiva de Colón incluye en la planilla de jugadores y resultados de la categoría reserva al jugador Juan Cruz Gutiérrez (DNI. 45.758.666 según lista de Buena Fe – fecha de nacimiento 31 de Mayo de 2004).

b) Por lo expuesto es que solicitamos a ese Honorable Tribunal de Penas que se nos otorgue los tres (3) puntos correspondientes, por considerar que el jugador Juan Cruz Gutiérrez (DNI. 45.758.666 –fecha de nacimiento 31 de Mayo de 2004), se encontraba inhabilitado para participar en el encuentro de referencia de acuerdo a lo prescripto en el Art. 24° del Reglamento General de la Alianza Deportiva 2019, el que establece la edad permitida para que los jugadores puedan participar activamente.

c) Adjuntamos como elementos probatorios copia de la planilla de jugadores y resultados, copia de la Lista de Buena Fe perteneciente al Club Ítalo de la Liga Deportiva de Colón y copia de Reglamento General de la Alianza Deportiva del N.O. Bonaerense 2019.

d) Asimismo adjuntamos copia del recibo correspondiente del pago de Derecho de Protesta

abonado de acuerdo a lo prescripto en el Art. 14° del Reglamento de Transgresiones y Penas.

Que, el Club Ítalo de la Liga Deportiva de Colón presentó su defensa en tiempo y forma dentro del plazo perentorio otorgado por este H. T. de Penas, lo que fue comunicado en Boletín Oficial Complementario N° 41 emitido el día 20 de Noviembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que este Honorable Tribunal de Penas no estaba aún en condiciones de emitir un fallo definitivo sobre el tema en cuestión, se RESOLVIO: Pasar a un cuarto intermedio hasta las 20.30 horas del día 28 de Noviembre de 2019.

Que, el Club Ítalo de la Liga Deportiva de Colón en su defensa expone “…..Como puede apreciarse el art. 24 del reglamento el cual establece que cada lista de buena fe debe estar integrada por no más de 50 jugadores debidamente inscriptos y habilitados por la liga a quien pertenecen. A todas luces queda demostrado que el club Ítalo actuó con total buena fe y de acuerdo al reglamento, ya que días antes de comenzar el torneo alianza deportiva con Rojas 2019, actuamos de acuerdo a lo normando en el citado reglamento. Al presentarse dicha lista y no tener ninguna objeción por parte de nuestra liga, procedimos a informales a nuestros equipos técnicos que durante el torneo podían contar con la totalidad de los jugadores, ya que al no objetar ningún jugador, se encontraban todos habilitados……”

Que, a juicio de este H. T. de Penas en primer término es dable destacar que los Reglamentos de los Torneos fueron aceptados por los Clubes participantes, sometiendo a lo que en ello se hubiera dejado establecido y en particular las restricciones respeto a la edad de los jugadores participantes, la que no se puede ser objetada una vez que se aceptó el reglamento, el que fuera inscripto en el Consejo Federal del Fútbol Argentino el día 08 de Octubre de 2019, quedando debidamente acreditado.

Que, en segundo lugar las listas de buena fe deben ser confeccionadas bajo las responsabilidad de los Clubes, los errores de confección, envió, presentación en término y forma, es exclusiva responsabilidad de los Clubes participantes, en ningún caso es atribuible a las Ligas y/o Alianza Deportiva.

Que, La intervención por parte de la Liga solo acredita su presentación, en modo alguno que el jugador se encuentre habilitado ya que puede estar inscripto en otra Liga infringiendo en tal caso la normativa vigente, como tampoco la Liga se hace cargo de los errores que en ella se hubieran consignado de acuerdo a lo establecido en el Artículo 24° del Reglamento vigente, queda determinado que la categoría a participar hasta año 2003, por lo cual se infringió la norma al incluir un jugador de categoría año 2004.

Por todo ello este Honorable Tribunal de Penas RESUELVE:

1°) Dar por perdido al Club Ítalo de la Liga Deportiva de Colón, el partido de Reserva disputado con el Club Atlético J. Newbery de la Liga Deportiva de Fútbol de Rojas, el día 10 de Noviembre de 2019, correspondiente a la décima cuarta fecha del Torneo de la ADNB. 2019. Por infracción al Art. 24° del Reglamento General de la ADBN. 2019 e infracción al Art. 107° Inc. a) Por jugador inhabilitado por cualquier causa, siendo el jugador Juan Cruz Gutiérrez (45.758.666 – fecha de nacimiento 31 de Mayo de 2004.

2°) Registrar a todos sus efectos el siguiente resultado: Club Ítalo CERO (0) GOL A FAVOR UN (1) GOL EN CONTRA, Club J. Newbery UN (1) GOL A FAVOR CERO (0) GOL EN CONTRA. Art. 152° del Reglamento de Transgresiones y Penas

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