El rojense es abogado especialista en Derecho Financiero Internacional. Trust & Business Law (EE.UU.). Es miembro activo del NYSBA (EE.UU) y ha trabajado en el Tribunal Superior de Washington (EE.UU). Asimismo, ha sido International In-House Legal Adviser de bancos internacionales durante 25 años, sirviendo en ciudades como Amsterdam, New York y Hong Kong, entre otras. Es Autor del Libro "El Mundo de las Off-Shore" y de varios artículos periodísticos.
Como conferencista internacional, ha sido entrevistado por medios de Estados Unidos, Europa y China sobre Anglosaxon Trust e International Financial Law.
En esta intervención aborda el caso YPF, su embargo internacional y lo que implicaría a la política y la economía argentina.
“YPF: LA MIRADA DE UN INSIDER”
Mi experiencia laboral en la Superior Court of Washington (st) me ha permitido vivenciar “del lado de adentro” el proceso de toma de decisiones.
Al momento de escribir este pensamiento, Argentina ha logrado: (i) un nuevo plazo de suspensión; (ii) apoyo formal del Gobierno de los EE.UU; y (iii) apoyo formal de países de la región. Si bien estos puntos son muy importantes, no dejan de ser de índole estrictamente procesal y política. Pero para lograr revertir una decisión en una instancia superior hace falta “más carne al asador”.
La jueza Preska ya ha tomado una decisión durísima basada en dos aspectos: (i) la literalidad fría de las normas americanas, y (ii) el feeling general del Poder Judicial de ese país para con un justiciable díscolo (históricamente involucrado en numerosos litigios y defaults) como Argentina; de hecho, la propia jueza Preska se ha manifestado al respecto sin escatimar en calificativos. Y en este punto, el actual gobierno deberá lidiar también con la pésima imagen proyectada por años por sus antecesores.
Dicho lo anterior, es muy importante tener en cuenta que la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito, al momento de revisar el fallo de Preska, tan sólo se centrará en verificar si se aplicaron correctamente las leyes federales de EE.UU y si los procedimientos legales no fueron viciados. Y en mi opinión, ese trabajo se hizo correctamente.
Es decir, si se insiste en los mismos argumentos, tal como han sido presentados hasta hoy, las posibilidades de revertir el fallo serán muy bajas.
Si bien Argentina ha manifestado correctamente que la adquisición de los derechos de litigio por parte de Burford Capital y Eton Park estuvo viciada por corrupción o prácticas ilícitas, lo cierto es que un Tribunal de EE.UU necesita más que un argumento sólido: necesita pruebas que avalen esos argumentos; en el caso -por ejemplo- acciones legales concretas, ante un Tribunal de Argentina, contra los presuntos responsables de tales vicios.
¿Por qué?
Porque esa prueba generaría tres cuestiones positivas: (i) aumentaría las chances de lograr mayores plazos de suspensión de los efectos de la sentencia de Preska; (ii) reforzaría el argumento que YPF y el Estado argentino son entes separados; y (iii) acercaría al tribunal americano a su propia jurisprudencia (Hilton vs. Guyot, entre otros) por la cual se establece que la ejecución de sentencias extranjeras se rige por los principios de la cortesía internacional, lo cual podría ser utilizado por Argentina para argumentar que la sentencia de Preska no debería ser ejecutada en su totalidad.
Al menos en la humilde mirada de este insider, hay que ir por la teoría del “fruto del árbol podrido” con acciones concretas a fin de lograr una mejor predisposición del Tribunal Superior, forzando al accionante a resignar -al menos parcialmente- su pretensión.